¿A qué tipo de perito debemos acudir después de un accidente de tráfico?

Especializados en la investigación y reconstrucción de accidentes de tráfico

¿A qué tipo de perito debemos acudir después de un accidente de tráfico?

¿A qué tipo de perito debemos acudir después de un accidente de tráfico?

¿A qué tipo de perito debemos acudir después de un accidente de tráfico?

Después de protagonizar un accidente de tráfico, sea como agentes causantes o como víctimas del mismo, es común que se produzcan discrepancias en torno a cómo ocurrieron los hechos, en torno a determinar de quién es la responsabilidad o incluso en torno a la existencia o no de nexo causal entre el accidente en cuestión y lesiones corporales o daños en los vehículos que se vieron afectados en el siniestro.

 

Los motivos de discrepancia pueden ser varios: el agente causante y/o la víctima tienen una visión distorsionada de lo que pasó, la compañía aseguradora sostiene que no se fundamenta la versión que nosotros defendemos y en la que creemos firmemente, o incluso pensamos que nuestra responsabilidad como agentes causantes del siniestro es relativa y queremos demostrar la concurrencia de culpas… Bien, en todos los casos en los que no hay un acuerdo sobre cómo ocurrieron los hechos podemos intentar objetivar y esclarecer las causas, los hechos y sus consecuencias, recurriendo a la física. Llegado este momento necesitaremos la intervención de un perito profesional en el ámbito de los accidentes de tráfico. Pero… ¿qué perito nos conviene?

 

Podemos hablar de tres tipos de profesionales, que clasificamos y describimos a continuación:

  • perito reconstructor de accidentes de tráfico: es un profesional (normalmente un ingeniero) que, basándose en datos físicos, se encarga de analizar y poner en relación las evidencias de las que dispone para determinar cómo se produjo un determinado accidente de tráfico. Cuantos más datos se faciliten al perito sobre cómo ocurrió el accidente, más exacta será su reconstrucción de los hechos desde un punto de vista físico. En un trabajo de reconstrucción se pondrán en relación todas las versiones y datos disponibles para llegar a esclarecer las causas y el desarrollo del accidente de tráfico analizado. A menudo el perito se encuentra con versiones contradictorias: en este caso deberá seleccionar como punto de partida las evidencias físicas y demostrables científicamente, para ir refutando y confirmando hipótesis y así reconstruir una versión objetivable y defendible científicamente. Es importante mencionar que, en ocasiones, un informe de reconstrucción de accidentes de tráfico no nos permite determinar con exactitud cómo ocurrieron los hechos, pero sí puede permitirnos en estos casos probar científicamente que algo no ocurrió, lo cual también puede ser de suma importancia en un juicio.

 

  • perito médico: un perito médico es un médico especializado en valorar los daños sufridos por una persona después de un accidente de tráfico, el cual debe emitir un informe claro y razonado que pueda ayudar a esclarecer el nexo causal existente entre las lesiones de la persona víctima del accidente y el siniestro vial ocurrido.

La importancia del perito medico ha variado sustancialmente en España después de la reforma del Código Penal de julio de 2015 y la     entrada en vigor de El Real Decreto 1148/2015, de 18 de diciembre de 2015. En julio de 2015 se introducía una novedad sustancial: al despenalizar la mayoría de lesiones de tráfico, desaparecía la opción de ser reconocido por un médico forense de forma gratuita e imparcial. De este modo, la única valoración médica a la que podía optar la víctima de un accidente de tráfico era la valoración del médico de la compañía aseguradora contraria, lo cual fácilmente puede generar discrepancias con las personas afectadas. ¿Hasta qué punto es objetiva la valoración del perito médico de la compañía aseguradora contraria? ¿Valorará a la baja las lesiones para no perjudicar a la compañía aseguradora a la hora de determinar el pago por indemnización? Estas son preguntas que, lícitamente, a menudo se hacen las víctimas que han de someterse a dicha valoración médica después de un accidente de tráfico.

 

            Bien, los cambios del Real Decreto de 18 de diciembre de 2015 trajeron novedades para el 2016, y desde entonces el panorama es el siguiente: después de un accidente de tráfico la primera valoración de lesiones ha de ejecutarla siempre un perito médico de la compañía aseguradora causante del accidente, estamos obligados a dejarnos visitar por él y a entregarle toda la información de que disponemos si queremos tener opción de acudir a la vía judicial para reclamar una indemnización por lesiones. Hecho esto, si no estamos de acuerdo en la valoración que ha efectuado el perito de la compañía contraria podemos hacer 2 cosas: iniciar un procedimiento de mediación o acudir al Instituto de Medicina Legal que forma parte de los juzgados. El coste de este informe irá a cargo de la compañía aseguradora, la cual en ningún caso podrá negarse a asumirlo. Si la víctima del accidente de tráfico está de acuerdo con este nuevo informe, puede utilizarlo para iniciar nueva negociación con la compañía seguradora, o bien puede reclamar directamente por vía judicial, apoyando su demanda en este nuevo informe. Finalmente, si la víctima del accidente de tráfico tampoco está de acuerdo con el informe del Instituto de Medicina Legal, siempre podrá encargar un tercer informe a un perito privado, corriendo en este caso la víctima con los costes, para defender este tercer informe por vía judicial.

 

  • perito de daños: es el perito encargado de valorar el estado del vehículo tras un accidente de tráfico y de proponer el valor monetario de los daños del vehículo después del siniestro. En principio la aseguradora del vehículo afectado (no la compañía de seguros de la parte causante) es la que proporcionará un perito tasador a la víctima. Sin embargo, si la persona afectada no está de acuerdo con la tasación, puede solicitar la intervención de un perito independiente para que haga una nueva valoración de los daños. Para que este perito independiente pueda hacer dicha valoración, un requisito previo es rechazar la indemnización propuesta inicialmente por la compañía aseguradora. Los gastos de este nuevo perito van a cargo de la persona que lo encarga, a excepción de los casos de las pólizas a todo riesgo, donde esta puede asumir los costes del nuevo perito.

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